La normativa en materia de Protección de Datos

¿Quién debe cumplirla?

Obliga a todos, porque tanto autónomos como asociaciones, empresas y entidades tratan datos de carácter personal. Datos de clientes, empleados, proveedores, videovigilancia, etc. son tratados habitualmente en la actividad cotidiana de las organizaciones.
Sobre el Responsable de los Tratamientos (la propia empresa) recae las principales obligaciones establecidas por la normativa y le corresponde velar por el cumplimiento en su organización de una manera proactiva.

¿Cuál es el objeto de esta normativa?

La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y de Garantías de los Derechos Digitales 3/2018, de 5 de diciembre, tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas y especialmente de su honor e intimidad personal, por extensión también de las personas jurídicas, refundiendo el texto de lo previsto en el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) y agregando el Capítulo X acerca de las Garantías de los Derechos Digitales.

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